15 Dic
2020
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#Kidsfluencers Papás y Mamás Influencers y la Sobreexposición de los Menores en las Redes Sociales

#Kidsfluencers Papás y Mamás Influencers y la Sobreexposición de los Menores en las Redes Sociales post de @JgAmago en @thetopictrendY tú, ¿Qué quieres ser de mayor? – Yo de mayor quiero ser influencer. Y se quedó así de «pancho» con su respuesta. Sus padres le ríen la gracia, se ponen de nuevo la mascarilla, y caminan calle Preciados arriba, rumbo a la Gran Vía madrileña. Esta fue una respuesta de un  niño de unos 9 años, a una reportera de una cadena de televisión, en un programa de tarde. Pero claro, para llegar a ser «influencer» de mayor, ya debes empezar a trabajarte las redes sociales, con lo cual, estos padres de esta criatura, ya se habrán encargado (o no, depende de lo que conozcan a su hijo), de abrirle cuentas en Youtube o Instagram (previamente supervisadas por ellos -o eso espero), para comenzar a labrarse su futuro online. Llegar a los números de Ryan Kaji (con 8 años se posicionó en la revista Forbes con una fortuna de 26 millones de dólares), cuesta trabajo, esfuerzo, sacrificio y mucha suerte, claro.

Cuando un caso «megaplanetario» como el de Ryan salta a los medios, son muchos los expertos, educadores, pedagogos y profesionales del sector que ponen el grito en el cielo por esta instrumentalización de los menores para ganar dinero. Son niños y niñas que han pasado de jugar en las redes sociales, a trabajar y generar contenido para las redes sociales. Es decir, TRABAJO. Y en la mayoría de los países el trabajo de los menores está prohibido y penado. Francia, por ejemplo, ha regulado una ley para proteger a los más pequeños, alegando que lo de ser influencer es también un trabajo, y que como tal debe estar regulado tanto por las horas que podrían tener para trabajar así como los beneficios. Entre la tanda de regulaciones que aplica esta ley están la de que los beneficios de los más pequeños estén en una cuenta bancaria a la que podrán acceder cuando cumplan los 16 años. Otra es que tanto los anunciantes como las agencias que quieran contratarlos tendrán que pedir permiso a las autoridades locales. Y una última más es el derecho al olvido: los más pequeños podrán solicitar que se borre su contenido y las plataformas tendrán que hacerlo.

En España, las redes se volvieron locas cuando la cantante Soraya Arnelas publicó en su cuenta de Instagram su nuevo proyecto empresarial: Chochete (@chochetebmdg ) Las críticas vinieron por diferentes frentes. El primero, por lo «atrevido» del nombre. Diversos sectores de la población se sintieron ofendidos por la integridad de los niños ya que consideraban (opinión que comparto), que genitalizar a la persona es un error del tamaño del Titanic, empezando ya a someter a la niña a discriminación, sexismo y desigualdad. Lo mismo para aquellos padres que al niño le llaman «pichilla».  Y las otras críticas al proyecto empresarial se centraron en la utilización de una menor (hija de Soraya), como imagen de la marca. La cantante y su pareja salieron a templar las críticas comentando que, el nombre viene porque su hija, cuando fue más pequeña, con todo el mundo que se cruzaba le decía eso, Chochete «muy extremeña, muy andaluza»; y añade que este nombre «representa para nosotros es algo cariñoso, es un proyecto en el que llevamos trabajando mucho tiempo. Chochete es mas que una palabra, define un montón de valores y cosas bonitas» (Reportaje en El Mundo 31-10/2020). 

Y no es la única. La hija de la mediática Kim Kardasian ocupa páginas y páginas del papel couché, y por supuesto de las redes sociales. Blue Ivy, la hija de Beyonce que, desde recién nacida, se ha convertido en foco y en promoción para la diva del pop, con línea propia Ivy Park by Adidas que promociona su mamá. Victoria Beckham saca a sus hijos muy a menudo a sus retoños en el Instagram de su marca, y los tres «mayores» ya tienen sus propios perfiles. Madonna no se corta ni un pelo a la hora de promocionar sus trabajos en las redes con sus hijos. Idem para Cardy B., vistiendo a su niña con los mismos bolsazos regalados por marcas de lujo. Si te interesa este mundillo, y quieres conocer el Top mundial 2020, te invito a ver la lista en este post de Izea.com.

Y España también tenemos muchos ejemplos como «Las Ratitas«, youtubers con más de 21 millones de seguidores o MikelTube con más de 6 millones de seguidores en Youtube. Pero si nos asomamos en Instagram tenemos a @verdeliss con más de 1,7 millones de seguidores, y con algunos de sus 7 hijos protagonizando sus post. Danna Ponce tiene un perfil con miles de seguidores en Youtube y con más de 200.000 en Instagram y su hija Mia es un imagen recurrente en sus post. Azahara ( @curly.azahara ) otra ex-concursante de Gran Hermano que se fotografía con sus hij@s en su perfil de Instagram con más de 500.000 seguidores. Fátima Canto influencer y mama de gemelos, también se retrata con sus chicos (esposo incluido), en múltiples post de su perfil de Instagram.

Son muchos más los ejemplos que tenemos de menores expuestos a la realidad de las redes sociales, animados e impulsados por sus padres, bien como padres orgullosos de sus vástagos, bien como potenciales perchas de comercialización de su propia marca, o de otras marcas.  Esta realidad es que, en algunos casos, se «comercia» con la imagen de los menores y se saca rédito de su impacto o influencia en las redes sociales. Y esto está permitido, es legal, siempre bajo la responsabilidad y consentimiento de los padres, claro. La Constitución Española ya lo deja claro en su artículo 18.1.1 que dice «Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen», y en el 18.1.4, «La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos». Lo que no está tan claro es la legalidad de utilizar estos post para vender productos sin etiquetar los mismos como «contenido promocional» o «publicidad» o «Ad», algo que rige La Ley General de Publicidad (Ley 34/1988) y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (Ley 34/2002), que en los artículos 20 y 21, especifican que cualquier contenido publicado en internet, incluidas así las redes sociales, que sea promocionado por una marca debe ser perfectamente etiquetado con términos como “publicidad”, “publi” “promocionado” o “ad” con el fin de que al consumidor le quede claro y distinga lo que es un contenido publicitario de lo que no lo es. Y estas prácticas van mucho más del sharenting al que ya le dedicamos un post en nuestro blog (#sharenting es la práctica de compartir fotos de hijos/a, sobrinos/as, nietos/as…¡menores! en redes sociales).

Respeto el recelo en extremo de muchos padres/madres que no quieren que sus hijos salgan en redes sociales por miedo a redes de pederastia, etc. Lo curioso es que esos niños/as son consumidores reales de redes sociales (con o sin control parental). En el lado contrario, una exacerbada exposición de los menores a las redes sociales (con control y conocimiento de los padres), deberá contar con las máximas garantías de seguridad, control, consentimiento y legalidad posible. Si encima, esto genera ingresos, pues mucho mejor. Sólo me preocupa la ficción que se tiene sobre el «influencer», y más en concreto cómo el mini-influencer desarrolla este tipo de trabajo. Si, seguro que se divierte. Pero encima de él o ella revolotea una responsabilidad comercial importante, depositada en ellos a través de las marcas que lo esponsoriza. De ahí, al estrés, al psicólogo, hay un senda muy corta.

¿Te gustaría que tu hijo/a fuera un kidfluencer? ¿Cómo conciliaría escuela, ocio y trabajo como influencer? Te invitamos a participar en nuestros comentarios.

JgAmago

Fuentes: El Español / Yorokobu / The Conversation / Cactus.com- el blog

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Talent Media Manager. Profesional de los RR.HH 4.0 en @EAE_ Escribo en @thetopictrend #tTT #SinBarrerasSinArmarios, mi libro publicado por la Ed. LoQueNoExiste.
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